No hay una representación mas gráfica en nuestro país del control fiscal como lo son las tres llaves, tanto así que la Contraloria General de la República y la mayoría de órganos de control fiscal externo las incorporan a sus emblemas y distintivos. pero, Cuales son los origines de esta representación?
El primer libro de la Real Hacienda de la
provincia de Venezuela data del 29 de abril de 1529 y se inicia con un asiento
"de lo recaudado de Juan de Ampíes y su gente al tiempo que el gobernador
Micer Ambrosio desembarcó en esta tierra". Dos meses después del arribo de
la primera expedición de los Belzares, capitaneada por el gobernador Ambrosio
Alfínger, se llevan a cabo en Coro los registros de las cuentas de la Real
Hacienda, a cargo de un tesorero, un contador y un factor y veedor. Las
funciones de estos tres oficiales reales eran reglamentadas por la cédula
instrucción promulgada por Juana la Loca el 17 de febrero de 1531. En la cédula
se precisaba que los oficiales reales estaban en la obligación de depositar en
un arca "todo el oro y las perlas que... pertenecieran al Rey". El
arca tenía tres llaves con tres cerraduras diferentes, correspondiendo a cada
oficial una de las llaves.
Se advertía que nadie podía sacar
"ningún oro, ni perla, ni moneda" del arca sin la concurrencia y
presencia de los tres oficiales reales. De esa manera se evitaba el fraude y el
manejo doloso. Los oficiales reales, además, llevaban en un libro las cuentas
por separado las cuales eran trasladadas posteriormente a un libro común y
general. Y nada podía colocarse o extraerse del arca si antes no se registraba
en el susodicho libro, a presencia del gobernador. Existía otro libro
intitulado Libro de Acuerdos, donde se asentaba todo lo tocante a Hacienda que
acordaran los oficiales reales. El libro permanecía en poder del tesorero. Como
puede observarse, al unísono de las tres llaves, había tres libros; el
particular de cada uno de los oficiales reales, el Común y General y el Libro
de Acuerdos.
Estaba totalmente prohibido a los oficiales
reales (el tesorero, el contador y el factor y veedor), en tiempo alguno tratar
o contratar por sí o en compañía de otros "con maravedís ni otras
cosas", directa ni indirectamente, en público o en secreto, so pena de
incurrir en la multa de cien mil maravedís por cada vez que lo hicieren.
Tampoco podían cambiar de residencia sin una licencia especial, y cuando
tuvieren necesidad de ausentarse del pueblo debía ser por causa justa,
necesaria y aprobada por la justicia.
Se ordenaba un tanteo general de las
cuentas semestralmente, y los oficiales reales debían enviar el resultado a la
corte en el primer navío que zarpara con destino a España. El cuño con el cual
se marcaba el oro tenía que depositarse en el arca de las tres llaves, y para
sacarlo se requería la presencia y el consentimiento pleno de los tres
oficiales reales. Se recomendaba que en el acta debía permanecer un libro
copiador de oficios, donde se anotaba la correspondencia enviada por la corte y
las respuestas a esos despachos.
La Real Cédula del 17 de febrero de 1531
constituye el documento revelador del esmero y la vigilancia de España en el
control y manejo de la administración de sus posesiones de ultramar. Es, en realidad,
el antecedente histórico, con sus obvias diferencias, de lo que hoy es y
representa la Contraloría General de la República. De allí, precisamente, el
símbolo de las tres llaves.

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